Comisiones Provinciales de Patrimonio

Las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural Aragonés son órganos colegiados, de ámbito provincial, del Departamento responsable de Patrimonio Cultural, que desempeñan funciones de carácter activo y consultivo sobre dicho Patrimonio.

Composición y competencias. Decreto 300/2002, de 17 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural Aragonés (modificado por el Decreto 134/2005).

Reglamento Funcionamiento Comisiones Provinciales Patrimonio Cultural Aragonés. Orden de 26 de septiembre de 2002, del Departamento de Cultura y Turismo, modificada por las Órdenes de 20 de junio de 2003 y de 11 de julio de 2005. Determina su funcionamiento en Ponencia Técnica y Pleno y la documentación a remitir para el estudio de los expedientes.

Composición

  • Presidente (DG Patrimonio Cultural)
  • Vicepresidente (Director Servicio Provincial)
  • Vocales:
    • Un historiador del arte, un arquitecto, un arqueólogo, un paleontólogo y un restaurador, entre el personal al servicio del Departamento, a propuesta del Director General competente en material de Patrimonio Cultural
    • Un técnico del Departamento competente en materia de Urbanismo
    • Un técnico del Departamento competente en materia de Medio Ambiente
    • Un especialista en Patrimonio Cultural del Ayuntamiento del municipio donde tiene su sede la Comisión Provincial y otro de la Diputación Provincial competente
    • Un arquitecto experto en Patrimonio Cultural, propuesto por el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón
    • Un arquitecto técnico experto en Patrimonio Cultural, propuesto por el Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos y Aparejadores de Aragón
    • Un arqueólogo propuesto por la Sección de Arqueología del Colegio de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Aragón
    • Un especialista en Patrimonio Cultural propuesto por el Rector de la Universidad de Zaragoza
    • Un especialista en Patrimonio Cultural propuesto por la Real Academia de Nobles y Bellas Artes de San Luis
    • Hasta cinco expertos de reconocido prestigio en el campo del Patrimonio Cultural
  • Secretario

Competencias

Autorizaciones

  • Realización de obras o actividades en los Bienes declarados de Interés Cultural o en su entorno
  • Realización de obras y retirada de materiales en los pueblos deshabitados

Informes vinculantes

  • Declaración de Monumentos de Interés Local y ejercicio de las acciones de tutela sobre los mismos
  • Desplazamientos o remociones de su entorno de bienes declarados de Interés Cultural.

Informes preceptivos

  • Declaración de Bienes de Interés Cultural
  • Declaración genérica de toda una categoría de bienes como de Interés Cultural
  • Revisión de los expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural para su adecuación a las categorías establecidas por la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés
  • Levantamiento de la suspensión de las licencias municipales relativas a todo tipo de obras o actividades en las zonas afectadas por la incoación de los expedientes de declaración de Monumentos o Conjuntos de Interés Cultural hasta el momento de su declaración definitiva
  • Planes Especiales de Protección de los Conjuntos declarados de Interés Cultural u otros instrumentos de planificación urbanística equivalentes
  • Otorgamiento de licencias municipales antes de la aprobación definitiva del Plan Especial de Protección de Conjuntos declarados de Interés Cultural u otro instrumento de planeamiento similar
  • Catálogo Municipal de Patrimonio Cultural en los Municipios Monumentales
  • Planes Territoriales del Patrimonio Cultural Aragonés

Otras competencias

Corresponden a las Comisiones Provinciales de Patrimonio Cultural las siguientes funciones consultivas, de propuesta y asesoramiento:

  • Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de Patrimonio Cultural
  • Proponer la incoación de expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural o de alguna de las otras figuras de protección establecidas en la ley
  • Informar sobre cualquier otra materia que le someta el Director General competente en materia de Patrimonio Cultural

Calendario de sesiones

Según su Reglamento de funcionamiento, las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural funcionan en Pleno y en Ponencias.

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